En virtud de la Ley Nº 28251; El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) ha creado la política contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes (ESNNA) por lo que en PERÚ TE LLAMA estamos comprometidos con un turismo responsable y la protección de niños y adolescentes.
Por lo que declaramos que:
Rechazamos la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes ESNNA en Perú y en el mundo, en su modalidad asociada a viajes y turismo, por ser una conducta que lesiona los derechos fundamentales de las personas, contraria a los objetivos intrínsecos de la actividad turística en nuestro país.
Denunciamos y condenamos a quienes se valen de la actividad turística y de las instalaciones y servicios que ofrecen, para promover, facilitar o tolerar la ocurrencia de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes; y en virtud de lo expuesto.
PERÚ TE LLAMA, suscribe el presente Código de Conducta contra la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes, en el ámbito Turismo.
El presente Código es una declaración formal de libre adhesión que tiene por objeto establecer las normas de conducta para todo los colaboradores y equipo que trabajamos en la empresa PERÚ TE LLAMA encaminadas a proteger a niñas, niños y adolescentes de toda forma de explotación sexual y de trata de personas asociada a los viajes y el turismo.
Asimismo, las personas que conformamos esta Empresa, a fin de tomar las medidas necesarias para proteger a niñas, niños y adolescentes contra la explotación sexual, nos comprometemos a:
Mantener una política ética de rechazo a la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes en el contexto de los viajes y el turismo.
Informar y capacitar al personal sobre la política de la empresa con respecto a la prevención de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el turismo y viajes.
Mantener símbolos visibles que alerten a clientes y proveedores sobre la posición respecto de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el turismo y viajes.
Incluir una cláusula en los contratos con los proveedores de servicios turísticos en donde se declare el común rechazo a la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes. Se usará el siguiente párrafo: “El turismo promueve una niñez y adolescencia sin explotación sexual, por lo tanto, nosotros no aceptamos cualquier acto que favorezca la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes”.